QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE LA FIRMA
ELECTRÓNICA AVANZADA
La Firma Electrónica Avanzada
"Fiel" es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje
electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor
legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa.
Por sus características, la Fiel
brinda seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes, con su
uso se puede identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido
modificado.
Su diseño se basa en estándares
internacionales de infraestructura de claves públicas (o PKI por sus siglas en
inglés: Public Key Infrastructure) en donde se utilizan dos claves o llaves
para el envío de mensajes:
La "llave o clave privada"
que únicamente es conocida por el titular de la Fiel, que sirve para cifrar
datos; y
La "llave o clave pública",
disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios
electrónicos, con la que se descifran datos. En términos computacionales es
imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que no corresponda.
Una infraestructura confiable para la
utilización de firma electrónica parte de la utilización de la criptografía, es
decir, el proceso de convertir texto inteligible en texto ininteligible o
cifrado, y viceversa (particularmente criptografía asimétrica)
• En criptografía asimétrica se
utilizan dos claves una púbica conocida por todos, y una privada, conocida solo
por la persona a la que le pertenece, también se les denomina “llave pública” y
“llave privada”, esta última sirve para producir la firma electrónica
• La vinculación de “Clave o llave
Pública” con el usuario es importante, quien autentique documentos supuestamente firmados
por él debe de tener plena certeza de su
vinculación con su “Clave o llave Pública”
•Esto se resuelve mediante el
certificado digital éste es un documento digital se resuelve mediante el
certificado digital, éste es un documento digital firmado electrónicamente por
un ente en quien todos confiamos denominado Autoridad Certificadora (AC). Mediante el certificado digital del usuario
la Autoridad Certificadora “da fe” de que está vinculado a su Clave o llave Pública
• En el certificado digital consta la
llave Pública del usuario, incluye los
datos generales del mismo, los del emisor y datos adicionales como las características relativas su creación, su
vigencia, número de serie, sello de
tiempo e de tiempo, entre otros
• Además de la llave pública, por ser
un proceso criptográfico asimétrico existe
una llave privada para el usuario, la cual sólo es de su conocimiento y debe permanecer a su vez encriptado
o protegida de alguna manera contra su alteración
• Las claves o llaves Pública y
Privada están relacionadas matemáticamente
de tal forma que, lo firmado con la Privada se puede verificar con la Pública
• La seguridad de esta tecnología
(criptografía asimétrica), se basa en el
hecho de que no es posible deducir la clave o llave Privada a partir
de conocer la Pública
La factura electrónica es un tipo de
factura que se diferencia de la factura en papel por la forma de gestión
informática y el envío mediante un sistema de comunicaciones que conjuntamente permiten
garantizar la autenticidad y la integridad del documento electrónico.
Una factura electrónica se construye
en 2 fases:
Se crea la factura tal y como se ha
hecho siempre y se almacena en un archivo de datos.
Posteriormente se procede a su firma
con un certificado digital o electrónico propiedad del emisor que cifra el
contenido de factura y añade el sello digital a la misma
Al terminar obtenemos una factura que
nos garantiza: que la persona física o jurídica que firmó la factura es quien
dice ser (autenticidad) y que el contenido de la factura no ha sido alterado (integridad).
El emisor envía la factura al receptor
mediante medios electrónicos, como pueden ser CDs, memorias Flash e incluso
Internet. Si bien se dedican muchos esfuerzos para unificar los formatos de
factura electrónica, actualmente está sometida a distintas normativas y tiene
diferentes requisitos legales exigidos por las autoridades tributarias de cada
país, de forma que no siempre es posible el uso de la factura electrónica,
especialmente en las relaciones con empresas extranjeras que tienen normativas
distintas a la del propio país.
Los requisitos legales respecto al
contenido mercantil de las facturas electrónicas son exactamente las mismas que
regulan las tradicionales facturas en papel. Los requisitos legales en relación
con la forma imponen determinado tratamiento en aras de garantizar la
integridad y la autenticidad y ciertos formatos que faciliten la
interoperabilidad.
Existen algunas normativas
internacionales aplicables de forma general a la factura electrónica, aunque
las Naciones Unidas, a través de UN/CEFACT han publicado recomendaciones tales
como UNeDocs que definen plantillas para las facturas impresas y formatos EDI y
XML para las modalidades electrónicas. En Europa, la facturación electrónica se
regula en la Directiva 115/2001, que debía ser adoptada en cada país antes del
31 de diciembre de 2003.
Hoy día la organización GS1 (antes
EAN/UCC) a nivel mundial ha organizado comités internacionales de usuarios de
108 países miembro, para conformar las guías de facturación electrónica
estándar a nivel mundial.
La factura electrónica permite que
instituciones, empresas y profesionales dejen atrás las facturas en papel y las
reemplacen por la versión electrónica del documento tributario. Tiene
exactamente la misma validez y funcionalidad tributaria que la factura
tradicional en papel. Todo el ciclo de la facturación puede ser administrado en
forma electrónica.
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